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Opinión

El dilema en aplicación de la cadena perpetua en México

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¿Es necesario aplicar la cadena perpetua para terminar con la violencia hacia las niñas y los niños en México?

Hace unos días la candidata a diputada local, Miriam García Monzalvo, quien representa a la coalición Va por Hidalgo, del Partido Revolucionario Institucional (PRI), inició su campaña con la propuesta de aplicar cadena perpetua a quien violente a niñas o niños, esto con la finalidad de atender de manera urgente el grave problema de la violencia hacia los menores.

La candidata refirió: “…en Hidalgo, las penas que se imponen a quien secuestra a un niño son de 1 a 6 años, sin embargo, si el raptor tiene un buen comportamiento puede salir mucho antes”.

Lo anterior, no es correcto, ya que el artículo 167 del Código Penal del Estado de Hidalgo refiere que:

“…Si el agente espontáneamente pone en libertad al secuestrado dentro de las setenta y dos horas posteriores al inicio de la privación de libertad, la punibilidad será de uno a seis años de prisión y multa de 30 a 150 días, siempre y cuando el sujeto no haya logrado los propósitos a que se refiere el artículo 166 de este Código.

Es decir, en ningún momento, este artículo establece que: “…las penas que se imponen a quien secuestra a un niño son de 1 a 6 años”, tampoco dice que: “…si el raptor tiene un buen comportamiento puede salir mucho antes”.

Ahora bien, el secuestro cometido en contra de cualquier persona, sea menor o mayor de edad, hombre o mujer, etc., se tipifica en el artículo 166, el cual señala:

“…Cuando la privación ilegal de la libertad tenga el carácter de secuestro, se aplicará prisión de diez a cuarenta años y multa de 200 a 500 días. Habrá secuestro si el hecho se realiza con el propósito de:

I.- Obtener un rescate;

II.- Que la autoridad realice o deje de hacer un acto de cualquier índole;

(REFORMADA, P.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2005)

III.- Causar daño o perjuicio al secuestrado o a persona distinta relacionada con él;

(REFORMADA, P.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2005)

IV.- Obligarlo a hacer o dejar de hacer un acto de cualquier índole, o para que un tercero lo haga o lo omita; y

(ADICIONADA, P.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2005)

V.- Cometer secuestro exprés, entendiéndose por éste, el que prive de la libertad a otro por el tiempo estrictamente indispensable para cometer los delitos de robo o extorsión o para obtener algún beneficio económico. Lo anterior, con independencia de las demás sanciones que conforme a este Código le correspondan por otros delitos que de su conducta resulten”.

Como podemos observar, en el artículo antes mencionado, se señala como pena máxima para la persona que cometa el delito de privación ilegal de la libertad con carácter de secuestro, 40 años de prisión, lo cual es un tiempo que, para la candidata no es suficiente y por eso quiere que se les aplique cadena perpetua.  

Dicho lo anterior, considero importante explicar lo que es la “cadena perpetua”, ya que podemos incurrir en una falsa percepción de su significado y aplicación de acuerdo a la normatividad vigente.

Cuando una persona que ha cometido un delito, es procesado y sentenciado a una pena privativa de la libertad por determinado tiempo, es decir, no para toda la vida como lo propone la candidata, ya que si fuera de esa manera, entonces el sentenciado pasaría lo que le resta de vida en prisión.

Sin embargo, en caso de hacerlo de manera vitalicia, la aplicación de dicha sentencia contradice el fin humanitario establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como la finalidad primordial de la pena de prisión, que es la reinserción social del sentenciado, tal y como lo establece el artículo 18, el cual dice:

“…El sistema penitenciario se organizará sobre la base del respeto a los derechos humanos, del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir, observando los beneficios que para él prevé la ley”.

Ahora bien, desde mi particular punto de vista, la cadena perpetua no debe existir, ya que el sentenciado al no tener ninguna oportunidad de obtener su libertad, es evidente que no cumplirá con los cinco ejes de la reinserción social que menciona el artículo 18 Constitucional, ni con el fin de la pena, que es lograr que el individuo que cometió un delito, no vuelva a cometerlo, y tratar que los ciudadanos no cometan delitos.

Por lo tanto, si un individuo es sentenciado de por vida, lo más seguro es que seguirá delinquiendo dentro del centro penitenciario en que se encuentre.     

Actualmente son pocos los países que tienen la pena de prisión perpetua o vitalicia, sin embargo, en sus legislaciones cuentan con mecanismos que permiten que los sentenciados sean evaluados después de un tiempo para ver sí siguen constituyendo un peligro para la sociedad y si tienen la capacidad y las herramientas para reinsertarse a la sociedad.

La postura de la organización de las Naciones Unidas (ONU) sobre este tema es de rechazo hacia la prisión de toda la vida, debido a que, si el objetivo de dicha sentencia es la rehabilitación y la reinserción social, al encerrarlos toda la vida, es obvio que no se va a cumplir con dichos objetivos.

Por otro lado, establece que si se busca que la pena sea ejemplar y tenga como función la retribución, se pueden establecer plazos mínimos que cumplan con lo mencionado. Por ello, la ONU recomienda que la pena mínima sea de 10 años y la máxima de 25 para los delitos más graves.

En México, una persona puede ser sentenciada a 100 años de prisión sin posibilidad de libertad alguna y al tener estas sentencias que únicamente se diferencian en la terminología con la cadena perpetua, se contradice constitucionalmente, pues dichas penas no buscan la reinserción social del sentenciado y constituyen una carga económica importante para el Estado y sus contribuyentes.

Es por ello que, aún y cuando en México no se cuenta con la pena de “cadena perpetua” como tal en sus legislaciones, es uno de los pocos países en el mundo que la aplica de manera indirecta, ya que en algunos el sentenciado tiene la posibilidad de pasar el resto de su vida tras las rejas y, desgraciadamente México es uno de ellos. Por consiguiente, esto no nos hace un país más seguro, la solución a nuestro problema de seguridad no reside en políticas represivas con sentencias infinitas, sino que tenemos que trabajar mucho con una política integral social.

Así que la propuesta de la candidata no tiene razón de ser para terminar con el problema que señala en su campaña, es decir, aplicar cadena perpetua a quien violente y secuestre a niñas o niños, con la finalidad de atender de manera urgente la violencia hacia los menores.

“Te encierran de por vida, y eso es justo lo que te quitan.”
MORGAN FREEMAN

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Alcalde por la redirección de Morena

Miguel Ángel Romero Ramírez

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En México, Morena no vivirá una crisis similar a la que viven hoy los demócratas en Estados Unidos en la que un presidente muy deteriorado en su salud, Joe Biden, además de renunciar a su relección, no encuentra opciones sólidas para reemplazarle y dar continuidad a su partido en el poder. De este lado, el presidente Andrés Manuel López Obrador garantiza que el movimiento que fundó se preserve con la próxima unción de Luisa María Alcalde como dirigente de Morena.

La comparación entre la situación en Estados Unidos y el panorama mexicano destaca una diferencia crucial en la dinámica de ambos países. Mientras que el Partido Demócrata lucha por encontrar una figura capaz de ofrecer no sólo continuidad, sino también una visión renovada para enfrentar a un implacable y popular Donald Trump, Morena tiene una ventaja estratégica con el liderazgo emergente de Alcalde. Su figura representa una amalgama entre juventud, experiencia y compromiso que puede revitalizar el movimiento sin perder de vista sus principios fundacionales.

En Estados Unidos, la falta de un relevo generacional claro y relevante ha puesto al Partido Demócrata en una posición de vulnerabilidad. La ausencia de jóvenes preparados para asumir el mando, junto con la creciente desconfianza hacia las figuras establecidas, ha generado un vacío que amenaza con desestabilizar por completo al partido. Esta crisis de liderazgo no sólo pone en riesgo la continuidad del legado de Biden y de los demócratas, sino que también refleja una anomalía de representación y obsolescencia partidaria.

En contraste, Luisa María Alcalde, en México, se consolida como una figura que, además de inyectar frescura y dinamismo al partido Morena –el cual padece un proceso anticipado de deterioro a partir del sectarismo y tribalismo– también se constituye como una fiel vigilante de que el proyecto delineado por el saliente presidente AMLO no tenga distracciones.

Con 37 años (en agosto), su ascenso en septiembre será una declaración de principios: un regreso a los valores originales del movimiento, impulsado por una visión progresista que buscará responder a las necesidades actuales de México y de América Latina.

En su paso por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y la Secretaría de Gobernación, Alcalde Luján ha venido reuniendo experiencia y nuevas capacidades que la facultan para enfrentar desafíos complejos en un momento muy particular para México y su lugar en la región. No será fácil y de su actuar dependerá, en parte, la permanencia del partido en el poder hacia adelante.

Los retos son vastos y de dimensiones diversas. Desde cómo construirá una narrativa que acompañe a la administración de la próxima presidenta, Claudia Sheinbaum; hasta la reconfiguración del tablero político en todos y cada uno de los rincones del país, siendo el elefante en la sala, el crimen organizado que ha logrado incrustarse y mimetizarse como militancia en algunas regiones de México.

Aunado a ello, la renovación del partido exige la evolución de un instituto político que, sin abandonar sus principios, deje atrás la polarización como un elemento primordial para la generación de adeptos.

Es también, una oportunidad para que la principal fuerza política en el país – que recibe dinero en función de los votos que obtuvo– se acerque a una madurez ideológica y supere el reduccionismo político de todo clasificarlo, según convenga, entre izquierda y derecha. En una sociedad progresista que busca la justicia social, dicha práctica es obsoleta y anticuada.

No cabe duda, el fundador de Morena, Andrés Manuel López Obrador, quien pasará a la historia como un poderoso gobernante populista de línea dura con señalamientos en su administración, también lo hará como un animal político excepcional que le abrió la puerta a México a tener la primer mujer presidenta y que construye el blindaje de su legado con una joven y poderosa Alcalde Luján, quien se erige como el verdadero relevo generacional.

Apuntes:

Resulta curioso e incluso cómico ver y escuchar a expriistas reconvertidos a morenistas asegurar que Luisa María Alcalde aporta certeza al partido de Morena. ¿Nerviosismo u oportunismo?

Miguel Ángel Romero Ramírez
Miguel Ángel Romero Ramírez: Analista y consultor político. Por más de 12 años, creador de estrategias de comunicación para el sector público y privado. Licenciado en comunicación y periodismo por la UNAM y maestro en gobierno por el Instituto Ortega y Gasset. Observador del uso de las nuevas tecnologías y su impacto en la democracia.
X: @MRomero_z

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Opinión

Limitar sobrerrepresentación hace al Congreso local plural y equilibrado

Por Alejandro Gamboa C.

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La sobrerrepresentación política es un fenómeno electoral que distorsiona la voluntad popular, asignando más escaños a ciertos partidos de los que proporcionalmente les corresponderían según los votos obtenidos. En México, este problema se ha acentuado debido a brechas en el sistema de asignación de escaños y la tendencia de los actores políticos a maximizar su poder.

La democracia es un régimen que se nutre del pluralismo y reconoce la diversidad política. Murayama (2019) señala que transformar los votos en curules o escaños es una tarea que no ha sido sencilla en México, debido a su compleja evolución hacia un sistema más democrático.

Este principio es esencial para entender la importancia de reglas adecuadas que eviten la sobrerrepresentación y aseguren una representación justa y proporcional en el Congreso.

Rol del INE y el TEPJF. El Instituto Nacional Electoral (INE) y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) juegan un papel crucial en la regulación y resolución de problemas electorales. La autonomía constitucional del INE y la existencia del TEPJF permiten abordar y resolver cuestiones relacionadas con la sobrerrepresentación y otros vicios del sistema electoral.

El acuerdo INE/CG193/2021 introdujo el principio de militancia efectiva, que verifica la afiliación efectiva de los candidatos al momento del registro de la candidatura, garantizando así una asignación justa de curules.

El principio de militancia efectiva se justifica para lograr un mejor equilibrio entre la emisión del voto ciudadano y la asignación efectiva de curules en la Cámara de Diputados. Este principio asegura que los escaños se asignen de manera proporcional a los partidos, previniendo violaciones a los límites constitucionales de sobrerrepresentación, como las ocurridas en el proceso electoral de 2018.

La reforma constitucional del 10 de febrero de 2014 introdujo límites a la sobrerrepresentación y subrepresentación en los congresos locales, estableciendo que ningún partido puede tener una representación mayor o menor al 8% de la votación obtenida. En su momento se argumentó que la reforma es una norma completa y de eficacia plena, sin necesidad de ajustes normativos adicionales.

Limitar la sobrerrepresentación tiene el potencial de convertir al Congreso local en un órgano más plural y equilibrado, mejorando el control sobre las políticas públicas del Ejecutivo local. Este equilibrio fomenta el diálogo y evita que un solo partido domine la legislatura, a menos que gane por mayoría relativa en todos los distritos electorales.

La sobrerrepresentación política en México es un problema complejo que distorsiona la voluntad popular y afecta la representación proporcional en el Congreso. La introducción del principio de militancia efectiva y los límites establecidos por la reforma constitucional de 2014 fueron pasos importantes hacia la corrección de este problema.

¿Cómo conciliar la voluntad general que votó en 2024 de forma abrumadora y la sobrerrepresentación, sin atentar contra esa voluntad manifestada en las urnas?

La implementación de estas medidas y la intervención de las autoridades electorales son esenciales para asegurar una representación justa y equilibrada, que refleje verdaderamente la diversidad y pluralismo de la sociedad mexicana.

A pesar del problema, no hay otra opción que la continua vigilancia y adaptación y mejora continua de las normas electorales, con el objetivo de mantener la integridad y legitimidad del sistema democrático mexicano.

Por Alejandro Gamboa C.
Alejandro Gamboa C.
Licenciado en periodismo con estudios en Ciencia Política y Administración Pública (UNAM) Enfocado a las comunicaciones corporativas.
Colaboró como co editor Diario Reforma. En temas de ciencia y comunicación en Milenio y otros medios digitales. Cuenta con 15 años dedicado a las Relaciones Públicas. Ha colaborado en la fundación de la Agencia Umbrella RP. Ha realizado trabajos como corrector de estilo, creador de contenidos y algunas colaboraciones como profesor en escuelas locales.

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Dos Bocas, barril sin fondo en uso de recursos públicos

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Después de dos años de haber sido inaugurada, la refinería Dos Bocas (oficialmente, Refinería Olmeca) empezó a producir gasolina y diésel. Sin más información que el presunto procesamiento de 73 mil barriles diarios de diésel y 40 mil barriles de gasolina, es un alivio que la refinería sí refine porque ha tenido tantos problemas para entrar en operación que hasta su capacidad de producir combustibles se había puesto en duda.

La planta ubicada en Tabasco fue diseñada para producir 170,000 barriles diarios de gasolina y 120,000 barriles de diésel; fue inaugurada en julio de 2022 sin producir un solo barril de combustibles, pero sí ha sido un barril sin fondo en el uso de recursos públicos.

Hasta el momento, la producción no alcanza ni siquiera la mitad de la capacidad prevista, pero debemos confiar en que los problemas técnicos y operativos que ha presentado la magna obra sean solventados en algún momento.

Esa obra insignia del presidente Andrés Manuel López Obrador costaría -en un inicio- 8 mil millones de dólares y terminará con una inversión de 16 mil millones de dólares, es decir lo doble de lo previsto Desde su planeación, la séptima refinería de México ha generado controversias porque hay quienes piensan que se trata de un gasto innecesario porque lo inn son los autos eléctricos, pero al menos hasta el 2050 persistirá la demanda de petrolíferos.

El proyecto buscaba reducir la dependencia energética y alcanzar la autosuficiencia en la producción de combustibles del país; sin embargo, el deterioro del resto de las refinerías y el aplazamiento de esta nueva han ocasionado que las compras de gasolinas y diésel representen casi el 60% y más del 50%, respectivamente.

En mayo de 2019, el presidente Andrés Manuel López Obrador informó que sería Petróleos Mexicanos la responsable de la construcción de la refinería, bajo la administración de la Secretaría de Energía al mando de Rocío Nahle. Su construcción llevaría tres años.

Con dos años de retraso, es de esperarse que la Refinería Olmeca ahora sí opere a toda su capacidad para demostrar que es un proyecto rentable, porque se han invertido recursos públicos derivados de impuestos.

Los petrolíferos que produzca contribuirían a reducir las compras en el extranjero para abastecer el mercado nacional y, al reducir las compras en el extranjero se generan ahorros significativos para el presupuesto público, mejorando y fortaleciendo la economía nacional.

Además, la operación de la refinería impulsa el desarrollo económico de la región sureste del país, generando empleos directos e indirectos y atrayendo inversiones en infraestructura y servicios.

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