Ciudad de México, 1 de diciembre de 2020. De acuerdo con la normativa RoHS (Restriction of Hazardous Substances), la cual limita el uso de residuos peligrosos encontrados con frecuencia en aparatos eléctricos y electrónicos, desde el 1 de julio de 2006 cualquier producto que se incorpore al mercado debiera cumplir con ella, sin embargo, el problema de la basura electrónica continúa, tan solo en 2019 se generaron 53,6 millones de toneladas y se estiman 74 millones para el 2030, por lo que es urgente ponerla en práctica para que los consumidores puedan llevar a sus hogares, aparatos electrónicos y dispositivos libres de estos contaminantes.
RoHS es una directiva europea que se expandió globalmente, la cual busca reducir la contaminación y prevenir daños medioambientales y de salud causados por plomo (Pb), mercurio (Hg), cadmio (Cd), cromo hexavalente (Cr VI), bifenilos polibromados (PBB), y éteres difenil polibromados (PBDE), materiales de alta peligrosidad que muchas marcas de electrónicos aún utilizan en la fabricación de sus aparatos electrónicos y dispositivos eléctricos.
Cristina Lara, Líder del Sector de Bienes de Consumo de SGS México, resalta que, uno de los objetivos de esta normativa es el de aminorar los riesgos para la salud asociados con la exposición a los elementos antes mencionados, ya que estas sustancias en mayores proporciones tienen efectos tóxicos, cancerígenos o pueden producir diversas enfermedades que en casos graves incluso llevarían hasta la muerte.
La Unión Europea excluye del mercado a todos los productos que no cumplan con esta normativa, por lo que es un requisito obligatorio para productos de exportación con ese destino.
“Mantener controlado y reducir el contenido de estas sustancias en los artículos eléctricos y electrónicos es una necesidad ambiental, pero también una necesidad de salud pública y de responsabilidad social” afirmó Lara.
La directiva RoHS engloba las siguientes categorías, de las cuales se enumeran algunos ejemplos de los tipos de productos a los que se aplica:
Primera categoría: Grandes electrodomésticos (frigoríficos, cocinas, lavavajillas, lavadoras).
Segunda categoría: Pequeños electrodomésticos (secadores de pelo, aspiradoras, cafeteras).
Tercera categoría: Equipo de comunicaciones e informática (ordenadores de escritorio, ordenadores portátiles, impresoras, teléfonos).
Cuarta categoría: Productos electrónicos (televisores, reproductores de DVD, equipos de música, cámaras de vídeo).
Quinta categoría: Iluminación (lámparas, bombillas).
Sexta categoría: Herramientas eléctricas (taladros, sierras, recortadoras, sopladores).
Séptima categoría: Juguetes, equipos de ocio y deporte (videojuegos, cintas de correr, medidores de actividad física).
Octava categoría: Dispositivos y equipos médicos (dispositivos médicos de diagnóstico in vitro).
Novena categoría: Equipos de supervisión y control (termostatos, detectores de humo, alarmas contra incendios).
Décima categoría: Dispensadores automáticos (máquinas expendedoras, cajeros automáticos).
Undécima categoría: Equipos electrónicos y eléctricos de diversa índole que no encajan en las categorías anteriores (vehículos eléctricos con dos ruedas, cigarrillos electrónicos, vapers, cables eléctricos de menos de 250 V).
RoHS como ejemplo para el mundo
En México, la normativa se está implementando como parte de los procesos de seguridad para brindar confianza a los consumidores finales, se mantiene de manera opcional pero cada vez son más las empresas que se apegan al cumplimiento como parte de sus estrategias de responsabilidad social. Es fácil de identificar las empresas que la cumplen ya que en su información pública hacen saber al consumidor que tras la entrada en vigor de la RoHS 2002/95/CE en julio de 2006, comenzaron a adaptar su gama de productos a la conformidad RoHS
SGS México es el único laboratorio acreditado en México para llevar a cabo las pruebas RoHS, garantizando el cumplimiento de la Directiva aplicable, apoyando a las empresas a facilitar el acceso de sus productos al mercado en cualquier parte del mundo.